Si una trabajadora o trabajador mutualista sufre un accidente de trabajo debe acudir al centro Umivale Activa más próximo de dónde se encuentre.

Como empresa debes cumplimentar la solicitud de asistencia sanitaria y entregarlo al paciente para que acuda al centro asistencial más cercano.

Si se trata de una urgencia vital, el trabajador podrá acudir al hospital o llamar al 112.

Tras ser atendido, si la lesión sufrida por el trabajador no impide desarrollar su trabajo habitual, Umivale Activa emitirá un parte de asistencia sin baja.

Si por el contrario la lesión le impide trabajar, emitiremos el parte de baja médica.

Ponemos a tu disposición un cartel informativo del centro asistencial autorellenable para informar a tus trabajadores de qué hacer en caso de accidente en tu centro de trabajo.

El parte médico de baja y el de alta lo emite el servicio médico de Umivale Activa.

Recuerda...

  • Accidente sin baja: Debes presentar una relación mensual de los accidentes sin baja médica a través del Sistema Delt@/CoNTA (Catalunya) en los 5 primeros días hábiles del mes siguiente a los accidentes

  • Accidente con baja: Debes notificar el accidente de trabajo a través de las aplicaciones Delt@/CoNTA (Catalunya), en los 5 días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la baja médica. El plazo de transmisión tanto del parte de baja como del posterior alta médica por el sistema Red es de 3 días hábiles contados a partir de la recepción del parte presentado por el trabajador. La no tramitación del parte en ese plazo puede conllevar sanción. El parte médico de baja debe ir precedido de un reconocimiento médico para determinar el alcance. 

    Umivale Activa citará al trabajador con una antelación mínima de 4 días hábiles. Si no acude suspenderá cautelarmente la prestación, dándole un plazo de 10 días para que justifique su no asistencia: Si justifica en plazo, se reactiva la prestación. Si no justifica, se extingue la prestación con efectos desde el día en que quedó suspendida. 

¿Has tenido un accidente de trabajo?