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¿Cómo se calcula el importe de mi prestación para trabajadores autónomos? Art. 11 RD-L 18/2021
La prestación para trabajadores autónomos que han agotado los periodos de prestación previstos en el art. 338.1 del TRLGSS según se indica en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 18/2021, de 28 de septiembre, tiene un criterio general de cálculo del 50% de la base mínima de cotización de la actividad desarrollada.
Si conviven en un mismo domicilio, dos o más personas unidas por vínculo familiar hasta el primer grado de parentesco por consanguineidad o afinidad y tengan derecho a prestación: 40% de la base mínima de cotización de la actividad desarrollada.
¿Cómo puedes calcular tu prestación?
Multiplica tu base mínima por 0,5 o 0,4 (según corresponda) y el resultado será la cuantía de tu prestación.
Por ejemplo: