Normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para 2018
Con motivo de la publicación, en el BOE de la Orden ESS/55/2018, de 26 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial para el ejercicio 2018, desde umivale queremos informarles de los aspectos más destacados:
- Entrada en vigor: 30 de enero del 2018, con efectos desde el 1 de enero del 2018.
- ¿Qué supone?
RÉGIMEN GENERAL |
|||
Bases de cotización |
2018 |
2017 |
|
Tope máximo |
3.751,20 €/mes (igual que en 2017) |
3.751,20 €/mes |
|
Tope mínimo |
858,60 €/mes |
825,60 €/mes |
|
Los topes máximos y mínimos en situación de pluriempleo se distribuirán entre todas las empresas en proporción a la remuneración abonada al trabajador en cada una de ellas. |
|||
Tipos de cotización |
|||
Contingencias Comunes |
28,30%: (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% a cargo del trabajador) |
||
Contingencias de AT y EP |
Aplicación de tarifa de primas (establecida en la disp. adicional 4ª LPGE’07, siendo las primas resultantes a cargo exclusivo de la empresa) |
||
Horas Extraordinarias |
Por fuerza mayor: 14% (12% a cargo de la empresa y 2% a cargo del trabajador) Resto: 28,30% (23,60% a cargo de la empresa y 4,70% a cargo del trabajador) |
||
*Fija la base de cotización para IT, riesgo durante el embarazo, durante la lactancia natural maternidad o paternidad y se establecen bases y tipos de cotización diferentes, según se trate de trabajadores por cuenta ajena en el sistema especial agrario, profesionales taurinos, artistas, empleadas del hogar,… |
|||
Lo mismo será de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados incluidos en el REGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL MAR, sin perjuicio de la aplicación de coeficientes correctores para los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero.
|
|||