Líneas de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el año 2019 en la Comunidad Valenciana
Desde umivale queremos informarles de las principales líneas de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el año 2019 en la Comunidad Valenciana, siendo los aspectos más destacados:
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Prevención de riesgos laborales
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Condiciones de seguridad en el trabajo:
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Sector construcción (cumplimiento de las obligaciones de la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación y comprobación de condiciones materiales de seguridad en las obras de construcción).
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Campañas en otros sectores:
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Campaña en los buques de pesca y de la marina mercante.
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Campaña de control de los riesgos musculo esqueléticos (empresas recogida residuos, residencias 3º edad, camareras de piso, manipulación y envasado de cítricos).
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Campaña de sílice cristalina (en empresas donde se manipule).
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Campaña de control riesgo biológico (sector sanitario público y privado).
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Campaña control condiciones de trabajo en menores.
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Campaña de control de riesgos en la agricultura (revisión de maquinaria y equipo de trabajo del sector agrícola y condiciones de trabajo durante la vendimia y recolección de frutas y hortalizas).
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Campaña control de riesgos psicosociales (empresas financieras, de seguros, del transporte terrestre, sanitarios y camareras de piso).
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Campaña asistencia técnica apertura centros de trabajo (información sobre obligaciones preventivas y posterior control de su cumplimento).
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Gestión de la prevención:
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Servicios de prevención ajenos (SPA), propios (SPP), mancomunado (SPM) y entidades auditoras:
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Control de obligaciones básicas y de la calidad de las evaluaciones de riesgos elaboradas por los SPA, SPP y revisión de las auditorías de PRL.
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Control de requisitos y ratios de recursos materiales y humanos con que deben contar los SPA, SPM y SPP, así como las entidades auditoras.
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Empresas de mayor siniestralidad:
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Acompañamiento en los planes de actuación del Invassat.
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Coordinación de actividades y control condiciones de seguridad y salud laboral en cadenas de subcontratación:
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Control del cumplimiento de las obligaciones de coordinación en materia de prevención de riesgos laborales cuando concurren varias empresas en un centro de trabajo.
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Integración de la prevención en la empresa.
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Otros programas:
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Actuaciones específicas sobre los riesgos de Seguridad Vial, otros programas de gestión de la prevención, prevención de riesgos laborales con enfoque de género, condiciones de seguridad y salud en la contratación temporal y bonus AT/EP.
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Investigación de accidentes laborales:
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Investigación de los accidentes muy graves y mortales.
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Accidentes leves: comprobación cuando lo descrito no se corresponde con la gravedad esperada.
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Correcta cumplimentación de los partes de accidentes.
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Investigación de enfermedades profesionales:
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En colaboración con autoridades sanitarias: verificar las actuaciones de los SPA.
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Relaciones Laborales
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Contratación:
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Contratos temporales y a tiempo parcial:
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Campaña sobre el fraude en la contratación temporal, con el fin de que las relaciones laborales que se correspondan con puestos de trabajo fijos se suscriban a través de contratos indefinidos conforme a la última reforma laboral.
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Subcontratación y cesión ilegal:
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Sector construcción: comprobación de porcentaje de trabajadores fijos en la plantilla de la empresa según el volumen total de trabajadores según Ley 32/2006.
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Empresas de servicios: control de la cesión ilegal de trabajadores y de la aplicación de los convenios colectivos.
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Intermediación laboral (ETT´s y Agencias Privadas de Colocación):
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Comprobación autorizaciones administrativas e inspección y control de su funcionamiento.
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Integración laboral de trabajadores con discapacidad:
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Cumplimiento de la cuota de reserva del 2% a personas con discapacidad.
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Control de las discriminaciones directas e indirectas que afecten a trabajadores con discapacidad en particular en centros especiales de empleo
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Condiciones de trabajo:
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Control del tiempo de trabajo:
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Se vigilará el cumplimiento de las cláusulas de los Convenios Colectivos que contengan una regulación sobre la denominada jornada intensiva en época estival en el sector de la construcción.
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Condiciones discriminatorias por razones distintas de género:
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Medidas contra la discriminación en el acceso al empleo, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, especialmente las retributivas, y en el acceso a la formación profesional, tanto del sistema educativo como para el empleo.
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Actuaciones de asistencia técnica en materia de derechos fundamentales, con especial atención a posibles vulneraciones del derecho a la intimidad, actuaciones en los sectores en los que se detecte mayor incidencia de economía irregular, atendiendo a las peculiaridades territoriales,
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Control de las condiciones salariales.
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Otros programas: condiciones de trabajo en el sector de la hostelería.
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Igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
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Discriminación en el acceso al empleo:
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Actuaciones que tiene por objeto ofertas de empleo que sean discriminatorias por razón de género.
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Discriminación en la relación laboral:
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Especial atención a los derechos de promoción y ascenso, a las condiciones salariales, incluida la productividad, y a todo tipo de decisiones unilaterales del empresario que contengan una discriminación.
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Acoso sexual y por razón de sexo:
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Acciones de vigilancia del cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación por razón de orientación sexual o identidad de género.
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Medidas y planes de igualdad:
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Comprobación del cumplimiento de los requerimientos efectuados y al seguimiento y ejecución de los planes.
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Derechos sobre la conciliación de la vida familiar y laboral:
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Seguimiento de las condiciones de trabajo de las trabajadoras y trabajadores una vez reincorporados al trabajo tras el disfrute de un permiso legal o convencionalmente previsto.
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Discriminación en la negociación colectiva:
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Comprobación de la existencia de cláusulas discriminatorias por razón de género contenidas en los Convenios Colectivos.
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Ayudas de fomento del empleo ajenas a la seguridad social.
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Control de las condiciones de obtención y disfrute de las subvenciones otorgadas por el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Valenciana (apoyo al autoempleo, programas de inserción laboral, transformación contratos temporales en indefinidos, etc).
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Seguridad Social
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Inscripción, afiliación y alta.
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Control del cumplimiento de las obligaciones de afiliación y alta, como las correspondientes a inscripción de las empresas.
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Detección de los denominados “falsos autónomos”:
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Empresas suministradoras de servicios: gas, electricidad, fibra óptica, etc.
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Profesionales sanitarios: dentistas, fisioterapeutas.
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Economía colaborativa (prestación de servicios personales a través de organizaciones) mediante plataformas (limpieza, comidas, etc). Esconder una relación laboral fija a través de la figura de autónomos.
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Actuación sobre cooperativas: uso fraudulento de esta figura de organización empresarial para camuflar como falsos asalariados lo que deberían de ser autónomos (sector cárnico).
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Campaña de control del empleo aflorado (comprobando si ha habido mantenimiento del empleo en el ámbito de las empresas inspeccionadas y respecto de los trabajadores afectados).
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Cotización
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Diferencias de cotizaciones a la Seguridad Social: verificación de la adecuada cotización por complementos por objetivos o productividad.
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Bonificación de contratos: controlar la correcta aplicación por las empresas de beneficios consistentes en la bonificación de cotizaciones (derivadas de políticas de fomento de la contratación y formación profesional para el empleo).
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Aplicación correcta de los convenios colectivos (aplicación del convenio acorde a la actividad realizada, control de cambios del domicilio social a CCAA vecinas donde se aplican convenios menos ventajosos para los trabajadores).
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Recaudación
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Derivación de responsabilidad a otros sujetos responsables solidarios o subsidiarios (con especial atención a los supuestos siguientes: sucesión en la titularidad de la empresa, grupos de empresas, administradores, cesión ilegal de trabajadores).
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Utilización de testaferro o cambios continuos de administradores.
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Incomparecencia sistemática ante la Inspección de Trabajo
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Uso de diversos o falsos domicilios sociales.
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Prestaciones
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Irregularidades cometidas por las empresas en materia de prestaciones tanto las que afecten a la percepción de las prestaciones y subsidios por desempleo gestionadas por el SPEE, como al conjunto de las restantes gestionadas por el INSS:
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Comprobación de la regularidad de la percepción del desempleo en supuestos de trabajo a tiempo parcial.
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Compatibilización indebida de prestaciones con el trabajo por cuenta propia o ajena.
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Altas ficticias o incrementos injustificados de las bases de cotización para la obtención injustificada de prestaciones o la mejora de las mismas.
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Connivencia entre empresario y trabajador para la obtención indebida de prestaciones por desempleo: despidos tras situaciones de IT/ maternidad, tras denegación de invalidez, despidos /ceses en empresas familiares, etc.
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Otras actuaciones en Seguridad Social
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Actuaciones en empresas ficticias o insolventes con actividad.
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Mutuas colaboradoras: debida separación patrimonial y de recursos materiales y humanos destinados a las diversas actividades relacionadas con las Mutuas.
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Cumplimiento legislación en Economía irregular /y Extranjería
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Visita a sectores con mayor incidencia de economía irregular, campañas sectoriales:
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Hostelería: ocio nocturno y eventos.
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Industria: metal, cerámica, calzado, textil y mueble.
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Agricultura (cítricos, nísperos, vendimia y caqui).
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Construcción
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Comercio (electrónico y plataformas colaborativas).
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Servicios
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Transporte
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Empleadas de hogar
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Planificación intersectorial:
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Control actividad realizada por becarios.
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Bajas indebidas en períodos vacacionales o similares.
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Control sobre el marco de prestación de servicios de los contratados a tiempo parcial.
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Falsos autónomos.
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Control de aplicación de expedientes de regulación de empleo, de carácter suspensivo o de reducción de jornada.
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Utilización de trabajadores fijos discontinuos en la industria no sometida estacionalidad.
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Plan de Control de la Subcontratación.
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Control de altas de autónomos- AEAT.
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